Monzón aprueba la regulación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos

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El Boletín Oficial de la Provincia anuncia este miércoles que el ayuntamiento de Monzón ha aprobado la modificación de la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

El porcentaje que se aplicará será el que resulte de multiplicar el número de años expresado por el correspondiente porcentaje anual que será, para los incrementos de valor generados en un período de tiempo comprendido entre uno y cinco años, del  2%. Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo de hasta diez años, también del 2 %, al igual que para los incrementos de valor generados en un período de tiempo de hasta quince años y  los incrementos de valor generados en un período de tiempo de hasta veinte años.

Se añade un nuevo apartado, las  “Bonificaciones en la cuota” con el siguiente detalle, que se establece una bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes.

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