El ayuntamiento ha aprobado la modificación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2018.
A partir de ese día se establece, por ejemplo, una bonificación de hasta el 95% de la cuota del impuesto a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. La aprobación de dicha bonificación corresponderá al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del interesado, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros. No obstante, siempre se aplicará una bonificación del 50% para todas las inversiones de equipamiento que se realicen en el polígono industrial de La Armentera y/o en el polígono industrial Paules.
También se aplicará, en todos los casos, una bonificación del 50% en todas las obras de reforma o rehabilitación de edificios.
Por lo que respecta al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, se podrá conceder una bonificación del 90% para las obras en edificios ya existentes de medidas que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados, siempre que favorezcan la supresión de barreras arquitectónicas, tales como obras de instalación de rampas, ascensores, y otras realizadas en los elementos comunes para la mejora de las condiciones de acceso.