Monzón modifica las tasas por suministro de agua potable

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El ayuntamiento de Monzón ha modificado, tal como publica el BOP, la ordenanza fiscal reguladora de tasas por prestación de servicios, como la tasa por suministro de agua potable, en el que ha suprimido el último párrafo del apartado 4 del artículo 12.

La modificación queda de tal modo que el ayuntamiento podrá realizar la facturación aplicando los consumos medios estimados, teniendo en cuenta las últimas lecturas reales efectuadas. En caso de que las instalaciones no dispongan de anteriores consumos medidos por contador, bien porque se trate de tomas sin contador, con contador averiado, o de instalaciones no homologadas con la normativa municipal que dispongan de contador en el interior de la vivienda, la facturación se efectuará a partir de un informe de consumo estimado, elaborado por el Servicio Municipal de Aguas, en función de las características físicas del inmueble al que se refiera el suministro y del uso o destino que se le dé.

La facturación en el supuesto de instalaciones sin contador o con contadores no operativos, por causa imputable al usuario del servicio, se efectuará con un recargo del doble de la cuota fija semestral.

La facturación de consumos excesivos que se hubiesen producido como consecuencia de averías en la instalación propia del usuario, funcionando correctamente el contador, se efectuará tomando en consideración los antecedentes disponibles por el Servicio Municipal de Aguas relativos a consumos máximo, mínimo y medio del usuario, del grado de responsabilidad del usuario en la producción de la avería y del coste de abastecimiento, a razón de 0.05€ M3 de los metros cúbicos efectivamente computados en exceso por el contador.

La refacturación de las averías se efectuará siempre que la fuga de agua se deba a causas objetivas ajenas a la voluntad del usuario del servicio y que éste haya actuado con la diligencia debida tanto antes como después de la detección de la avería.

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