Monzón regula el arte del grafiti en sus calles

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Tal como publica hoy el Boletín Oficial de la Provincia, el ayuntamiento de Monzón ha creado una ordenanza municipal que regula las condiciones para el desarrollo del arte del grafiti dentro de la ciudad.

 

La ordenanza deja manifiesta la diferencia entre el grafiti, entendido como arte, y las muestras de falta de civismo, que es la que provoca daños, en por ejemplo, el mobiliario urbano, mediante firmas o textos no vinculados a una composición artística.

 A través de esta ordenanza, lo que se pretende es poner a disposición de los jóvenes espacios para el ejercicio artístico del grafiti y asumir su ejercicio como algo normalizado socialmente, siempre dentro de una regulación que sancione los aspectos o comportamientos incívicos que se deriven de un uso indebido de esta modalidad de pintura, pudiendo optar incluso por la imposición en su lugar de trabajos en beneficio de la comunidad.

Esta norma se aplica a los inmuebles, vallas, muros o muretes existentes en el término municipal con independencia de su titularidad pública o privada, siempre que los mismos sean visibles desde cualquier espacio público. Y nunca se considerarán grafiti las firmas o textos aislados. Además será necesario que todos aquellos interesados en practicar este arte, estén inscritos en el Registro de Grafiteros.

Para poder realizar un grafiti, será obligatorio una autorización municipal previa.
Quedan prohibidas las firmas o textos en cualquier muro, fachada o valla visible desde el espacio público al margen de una composición pictórica autorizada, así como la realización de grafitis, firmas, garabatos o textos sobre el mobiliario urbano (tales como bancos, fuentes, estanques, farolas, estatuas, esculturas, señales viarias, arboles, …), calzada o aceras.
Tampoco están permitidos sobre los inmuebles catalogados por el planeamiento general o protegidos por la normativa de patrimonio histórico o cultural, ni la realización de trabajos que puedan herir la sensibilidad de quienes puedan contemplarlos, los grafitis relativos a temas religiosos, políticos, racistas, xenófobos o que representen cualquier tipo de bandera o insignia, ni la práctica del arte del grafiti por menores de 13 años.
 

 Por otro lado, los grafiteros  deben cumplir con una serie de obligaciones, como el correr con los gastos de los materiales para su realización, a excepción, de la pintura para blanqueamiento previo, cuando el espacio disponga ya de un grafiti, en cuyo caso ésta será proporcionada por el Ayuntamiento si el espacio es de titularidad municipal o de cesión.  Los espacios en los que se desarrolle el grafiti, deberán mantenerse limpios en todo momento, debiendo dejar perfectamente despejada el área una vez finalizado el grafiti.  Durante el desarrollo del grafiti deberá adoptar y obedecer cuantas órdenes le sean dadas por los agentes de la Policía Local de Monzón y los Servicios Técnicos Municipales.

Es obligatorio,  llevar consigo en el momento de ejecutar el grafiti, el carne de grafitero que le será previa inscripción en el correspondiente Registro, proporcionado por el Ayuntamiento de Monzón.

 El Ayuntamiento pondrá a disposición de los grafiteros un listado de espacios de su titularidad  en los que podrá desarrollarse la práctica del grafiti. Este listado se encontrará permanentemente publicado en el tablón de anuncios y en la web municipal, como el muro trasero de la nave del Belén (en el parque de la Azucarera), los depósitos del agua ubicados en la montañeta del Palomar… Además, el Ayuntamiento podrá  construir vallas, muros o espacios destinados específicamente a este fin. Por supuesto, se deberán respetar los grafitis realizados. No obstante, cuando consideren que no hay espacios disponibles podrán proceder a su blanqueamiento, previa autorización municipal.