El BOA publica la disolución de los patronatos de Monzón

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Este martes el Boletín Oficial de Aragón publica la disolución inicial de los patronatos de Institución Ferial de Monzón, Cultura, Festejos y Deportes con efectos de 31 de diciembre de 2015, tal y como se aprobó en pleno.

Este trámite hace que el ayuntamiento de Monzón asumirá la gestión de los servicios prestados por estos patronatos en la modalidad de gestión directa, bajo la dirección de la concejalía competente en la materia y con la asignación de dicha área de gestión municipal a la comisión informativa correspondiente.

Así mismo el ayuntamiento asume los derechos y obligaciones frente a terceros que se encuentren pendientes de liquidación, de cobro o de pago a la fecha de la disolución del citado organismo autónomo el 31 de diciembre de 2015, incorpora todos aquellos bienes de naturaleza patrimonial que el citado organismo autónomo hubiera podido obtener bajo cualquier título legal, incluyendo todos los recursos y derechos que pudiera ostentar en el momento de su disolución, realizándose los oportunos ajustes contables.

Uno de los aspectos destacados de esta absorciones que se integran en la plantilla municipal todo el personal funcionario o laboral vinculado a los citados organismos autónomos, respetando su categoría profesional, nivel retributivo, condiciones y derechos laborales, antigüedad y demás reconocimientos específicos.

El acuerdo incluía respecto al Patronato Municipal de Festejos que «A fin de garantizar la efectiva participación ciudadana se acuerda la creación de una comisión de festejos, de la que formarán parte los miembros de la actual Junta del Patronato Municipal de Festejos, y en cuya composición estarán representados todos los miembros que conforman actualmente la citada Junta del Patronato de Festejos (miembros de la corporación municipal, representantes de los grupos políticos, representantes de las asociaciones de vecinos, representantes de las peñas o entidades ciudadanas y representantes de los núcleos de Selgua y Conchel). El funcionamiento de la citada comisión de festejos se ajustará, en todo caso, a lo estipulado por la normativa orgánica municipal, promoviendo, en caso necesario, la modificación de dicha normativa a fin de asegurar la participación de los mencionados agentes».

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