El BOP de este lunes recoge la aprobación definitiva de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Monzón propuestas en pleno en octubre, y que habrán de entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2016.
Algunas de las más importantes son:
– Ordenanza Fiscal número 1 Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
1. Bienes de naturaleza rústica.- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los Bienes de naturaleza rústica se fija en el 0,78 por 100.
2. Bienes de naturaleza urbana.- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los Bienes de naturaleza urbana se fija en el 0,88 por 100.
3. Bienes de características especiales.- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los Bienes de características especiales se fija en el 0,88 por 100
– Tasa por Enseñanzas Especiales (escuelas municipales de artesanía, artes plásticas, jotas canto y baile, modelismo, teatro,…)
– Tasas por uso de Espacios Culturales
– Tasas por uso de Espacios Deportivos
– Tasas por servicios de Piscinas Municipales
– Tasas por uso de Residencia para Deportistas
– Tasas del Espacio Joven y del Centro Cívico
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